La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Monforte aprobó hoy las bases para concesión de subvenciones a asociaciones de carácter social

Monforte de Lemos, 26 de agosto de 2019. En la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Monforte, celebrada en la mañana de hoy, el Equipo de Gobierno acaba de aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actuaciones en el ámbito de los servicios sociales en el año 2019.

Así, esta convocatoria pública tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que realicen proyectos de prestación de servicios sociales en el Ayuntamiento de Monforte de Lemos para el año 2019. Las ayudas se otorgarán bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación.

El Alcalde, José Tomé Roca, destaca que “reafirmamos nuestro compromiso con las personas y con los servicios sociales, que son una prioridad para este Equipo de Gobierno. Porque nuestro objetivo es fomentar y apoyar el desarrollo de proyectos complementarios de servicios sociales comunitarios de entidades de iniciativa social previamente inscritas en el Registro municipal de asociaciones atendiendo a su interés social, calidad, carácter innovador y articulación efectiva con la oferta pública de servicios sociales comunitarios”.

La cuantía destinada a estas subvenciones para el año 2019 asciende a 12.000 euros, siendo 2.000 euros la cuantía máxima de subvención por entidad. El importe máximo de la subvención para cada proyecto o actividad no podrá exceder del 70% de su presupuesto.

 

Requisitos

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades de iniciativa social a las que se refiere el artículo 30 de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, que realicen actividades o desarrollen proyectos de interés social para el municipio en el ámbito de los servicios sociales y que soliciten subvención con cargo a esta convocatoria y reúnan a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

  1. Tener su razón social o sede en el Ayuntamiento de Monforte de Lemos.
  2. Carecer de ánimo de lucro.
  3. Estar inscrita en el Registro municipal de asociaciones del Ayuntamiento de Monforte de Lemos como asociación de clase asistencial.
  4. Estar al corriente de sus deberes tributarios con el Ayuntamiento, con la Seguridad Social y Agencia Tributaria.
  5. No incurrir en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas previstos en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  6. Que la actividad para la que solicitan la subvención esté prevista dentro de los objetivos de la entidad y acorde con lo establecido en la base tercera de las bases reguladoras y recogidos en sus estatutos fundacionales.
  7. Haber justificado debidamente las subvenciones municipales recibidas con anterioridad en los términos que se fijaran en las correspondientes convocatorias.

Quedan excluidas para estas subvenciones, las entidades y asociaciones de carácter exclusivamente cultural, vecinal, juveniles, deportivas, ANPAS y profesionales.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la  publicación del extracto de la convocatoria  en el Boletín Oficial de la Provincia, publicación que se prevé sea en los próximos días.